RESI Rie

Un hogar para niños
en un ambiente familiar

Proyecto nueva residencia

 

Queremos hacer un llamado a iglesias, pastores, hermanos, amigos y a todo aquel que nos conozca, para pedir, en primer lugar, oración y en segundo, oración por su futuro así como también ayuda para que la “Nueva Residencia Infantil Emmanuel” sea una realidad.

Dónde estamos

Como sabéis, la RIE se encuentra ubicada en la población de Sant Just Desvern, en una casa de la cual tenemos una “cesión de uso” por parte de unos creyentes cuya generosidad ha ido mas allá de lo que habríamos podido imaginar. Llevamos mas de 40 años en esa casa sin haber tenido que pagar ningún alquiler.

Ahora mismo, las condiciones socioeconómicas, especialmente las relacionadas con la mobilidad de las familias, están provocando un aumento exponencial del porcentaje de niños que viven en situación de pobreza en nuestras ciudades. Esto se traduce en un mayor número de niños que viven en pobreza severa, pobreza moderada o con ingresos en el lindar de la pobreza.

Esta situación social está sensibilizando a las instituciones, que están dedicando más recursos económicos al cuidado y protección de los niños en situación precaria. No obstante, esta ayuda no es suficiente para llegar a todos los niños que lo necesitan.

Como cristianos, a través de la Residencia Infantil Emmanuel, hemos de seguir siendo una respuesta efectiva a la sociedad. Conviene adaptar nuestras instalaciones a la nueva demanda y realidad social. Nuestra casa actual no reúne las condiciones para:

 

  • Acoger a más los niños que necesitan ayuda.
  • Brindarles un espacio seguro y adecuado para su desarrollo integral.
  • Ofrecerles las herramientas necesarias para superar las dificultades y construir un futuro mejor.
A dónde vamos

Desde hace tiempo tenemos la visión de llegar a ayudar a más niños y más familias y, por tanto, la necesidad de cambiar de lugar, ya que la casa no reúne las condiciones necesarias, ni cumple las normativas actuales para ser ampliada y seguir acogiendo a la familia Emmanuel.

Hacemos un llamado a la solidaridad de la comunidad para que nos ayuden a adaptar nuestras instalaciones y poder seguir siendo una luz de esperanza para los niños más vulnerables. Juntos podemos construir un futuro mejor para muchos niños.

Tenemos ya hecho un anteproyecto de obra nueva, del estudio de arquitectura de Ambròs Monsó.  Es muy ilusionante y adecuado a las necesidades y normativas de lo que debe ser una residencia de menores.

En pocos días daremos la “paga y señal” del solar y a partir de eso iremos dando los pasos necesarios para conseguir que la “NUEVA RIE” sea una realidad, con la ayuda del Señor.

“El Señor es bueno para con todos, y su compasión, sobre todas sus obras. ¡Señor, tus obras todas te darán gracias, y los tuyos te bendecirán!”
Salmo 145:9-10

La Residencia Infantil Emmanuel empezó a existir en 1967 como una iniciativa aprobada por una agrupación de mujeres cristianas evangélicas de Cataluña y España, y que pasó a ser una realidad desde enero de 1969. Desde entonces y hasta el presente muchas personas han trabajado en este servicio de acogida del que numerosos niños se han beneficiado.

La razón de ser del Hogar familiar es favorecer el desarrollo integral de los niños que atendemos, ayudando indirectamente a sus familias a restablecer situaciones adversas con el propósito de que cada menor pueda volver a su hogar.

Foto del mes

MIRADAS * Octubre 2024

Empezamos octubre con la foto de este nuevo curso 2024 – 2025. Es un collage de retratos llenos de miradas.  Cada mirada dice mucho de la persona en cada momento. La mirada, a veces, expresa lo que hay DENTRO de la persona: tranquilidad, preocupación, alegría,...

NOTICIAS

Deducción por donativos

 

Incremento de la deducción por donativos a partir del 1 de enero de 2024:

En el BOE del día 20 de diciembre, se ha aprobado el Real decreto ley 6/2023, de 19 de diciembre (RDL 6/2023), que con efectos desde el 1 de enero de 2024, modifica la Ley 49/2002 , de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, con el objetivo principal de mejorar los incentivos fiscales al mecenazgo, tanto si es efectuado por personas físicas, como por personas jurídicas o por no residentes.

Titular: Residencia Infantil Emmanuel
Nº de cuenta:  ES51 2100 0831 1102 0130 6193​

Deducciones IRPF para España

Esto no aplica a País Vasco y Navarra. Consulta a tu asesor

250€ primeros - deducción 80%

El porcentaje de deducción del 80% de la cuota del IRPF se aplicará sobre los 250 primeros euros de donativos, donaciones o conjunto de aportaciones con derecho a deducción (antes 150 euros).

Más de 250€ deducción 40%

En la base de deducción que exceda de 250€ se le aplicará un porcentaje de deducción del 40% (antes 35%)

 

  • Donación de 1000 € anual, devolución en el momento de la declaración 500 €
  • Donación de 5000 € anual, devolución en el momento de la declaración 2100 €
Otras deducciones aplicables

Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubiesen hecho donativos, donaciones o aportaciones a favor de una misma entidad, siendo el importe del donativo, donación o aportación de este ejercicio y el del período impositivo anterior, igual o superior, en cada uno de ellos, en el del ejercicio inmediato anterior, el porcentaje de deducción aplicable en la base de la deducción en favor de esta misma entidad que exceda de 250 euros, será el 45% (antes 40%).

Impuesto sobre sociedades para España

Esto no aplica a País Vasco y Navarra. Consulta a tu asesor

Deducción 40%

Se incrementa del 35 al 40% el porcentaje de deducción de la cuota íntegra en base a deducción por donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción.

Llegar al 50% de deducción

Este porcentaje podrá ser del 50% (antes 40%) si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran hecho donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad, siendo el importe del donativo de este período impositivo y el del período impositivo anterior, por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del período impositivo inmediato anterior.

Otras notas

La base de esta deducción no podrá exceder del 15% de la base imponible del período impositivo (antes 10%). Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.